NORMATIVA
Anulación y Renuncia
Decreto 11/2015, 29 de enero. Art. 7.4:
La anulación y la renuncia de matrícula no supondrán la devolución del pago efectuado ni, en su caso, la exoneración de las cuantías aún no ingresadas.
Decreto 3/2021, 28 de enero que regula la admisión en las EEOOII. Art. 10.6:
La anulación y renuncia de matrícula no supondrá la devolución de los precios públicos abonados.
DECRETO 3/2021, de 28 de enero, por el que se regulan las condiciones de acceso, admisión y matriculación del alumnado en las Escuelas Oficiales de Idiomas de laComunidad de Castilla y León. (BOCyL 1 de febrero de 2021)
Artículo 10 Anulación y renuncia de matrícula.
1. El alumnado podrá solicitar a la persona titular de la dirección de la escuela oficial de idiomas la anulación de matrícula en el plazo que determine la consejería competente en materia de educación en la orden de desarrollo del presente decreto.
En el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la actividad lectiva
Plazo para el curso 2025-2026: 21 de octubre de 2025.
2. El alumnado podrá solicitar a la persona titular de la dirección de la escuela oficial de idiomas una única vez por idioma y nivel la renuncia de matrícula en el plazo que determine la consejería competente en materia de educación en la orden de desarrollo del presente decreto.
3. La anulación y la renuncia de matrícula implican la pérdida del derecho a la enseñanza, la evaluación y la calificación, deberán figurar en el expediente del alumno o alumna y el curso en que se hayan producido no computará a efectos de permanencia.
4. Aquellas personas a las que se les haya concedido la anulación de matrícula y deseen reincorporarse a sus estudios en la misma escuela oficial de idiomas deberán someterse de nuevo al proceso de admisión.
5. Aquellas personas a las que se les haya concedido la renuncia de matrícula podrán reincorporarse a sus estudios en la misma escuela oficial de idiomas en el curso académico siguiente al que haya sido aceptada su renuncia, sin volver a someterse al proceso de admisión.
6. La anulación y la renuncia de matrícula no supondrán la devolución de los precios públicos abonados
- Plazo de solicitud de renuncia: hasta 5/05/2026
Listado definitivo de renuncias con reserva de plaza
Listado provisional de renuncias admitidas
- Enlace al formulario de Renuncia-Anulación:
El formulario cumplimentado se enviará a: 24017370.secretaria@educa.jcyl.es o se entrega en la Secretaría del centro
Las renuncias se tramitarán tras comprobar que se han efectuado correctamente todos los pagos de matrícula.
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